Artículo 8º.-
Decreto Supremo 3374-2
30 de Abril, 1953
Vigente
Establece la base salarial para el pago de desahucios, indemnizaciones y demás beneficios sociales a garzones y camareros; y establece la obligación de propietarios o empresarios de hoteles, café clubes, locales de servicio de comidas o bebidas, boites y otros de cumplir la legislación laboral
Artículo 8º.-
Todos los propietarios y empresarios de negocios, cualesquiera que sean sus categorías, tienen la obligación de depositar sus cuentas del pasivo, "Leyes Sociales", en el Banco Central de Bolivia.