Artículo 3º.-

Decreto Supremo 05785

2 de Mayo, 1961

Vigente

Reglamenta el DS 3374-2 de 30/04/1953, elevado a rango de Ley por Ley 72 de 05/01/1961


Artículo 3º.-
El pago de desahucio e indemnización y otros beneficios, tales como aguinaldo y vacaciones, a los garzones, camareros y personal de cocina y mostrador, se hará tomando como base los sueldos y salarios que regían hasta el 5 de enero de 1961, más las remuneraciones adicionales por trabajo extraordinario y nocturno. Con posterioridad a esta fecha, se agregará el porcentaje promedial del 10 %, que resulte de los 90 días trabajados.