ANEXO B
Reglamento para la Construccion y Operacion de Refinerias, Plantas Petroquimicas y Unidades de Proceso (25502)
3 de Septiembre, 1999
Vigente
Aprueba el Reglamento para la Construcción y Operación de Refinerías, Plantas Petroquímicas y Unidades de Proceso
ANEXO B
Especificaciones y Normas de Medio Ambiente, Salud y Seguridad (MASS) para la Construcción / Modificación y Operación de Refinerías, Plantas Petroquímicas y Unidades de Proceso
Sección I
a) | Con referencia a Capítulo VII I- Operaciones, Artículo 24 del presente Reglamento, todas las Compañías tendrán un sistema de administración del MASS que será equivalente a norma API 9100 A y B o equivalente. | b) | Los programas MASS serán interactivos, con la comunidad, entidades regulatorias, trabajadores, supervisores y administradores, quienes participan en el desarrollo e implementación de dichos programas. |
c) | La Gerencia y Supervisores de área son responsables para la implementación y ejecución de todos los programas del MASS establecidos en este documento y otros aplicables. |
Sección II
Equipo para protección personala) | Dando cumplimiento a las disposiciones de la Ley General del Trabajo y Reglamentos de dicha Ley, todos los trabajadores en la fase de construcción y operación deben utilizar cascos y zapatos de seguridad. Guantes, lentes de seguridad, protectores de oído para cuando el nivel de ruido supere los 90 decibeles y otros dispositivos de protección personal serán requeridos como protección adicional en función al trabajo específico a realizar. Se prohíbe el uso de ropa ligera (de polyester), sandalias o pies descalzos, torso desnudo en lugares de trabajo. | b) | Para trabajos de soldadura se deberá utilizar ropa y máscara protectora apropiadas. |
c) | Para determinado tipo de trabajos (limpieza de tanques y otros), se deberá utilizar equipos y aparatos especiales para respiración, que sólo serán usados por personal entrenado. |
d) | Para trabajos de pintado, limpieza por desarenado y trabajos en áreas con suspensiones sólidas se deben usar máscaras apropiadas. |
e) | Para trabajos en alturas de 3 metros o más, el trabajador debe usar dispositivos de seguridad adecuados (cinturones de seguridad), debidamente asegurados o sujetados antes de ejecutar el trabajo. |
f) | Los andamios deberán construirse sólidamente y no podrán ser sobrecargados, serán rígidos y estarán provistos de dispositivos de fijación, anclaje o arriostramiento; sus escaleras llegarán a diferentes niveles. Contarán son una baranda de 0.95 mts. de altura. |
g) | Se deberá mantener en la obra un botiquín de primeros auxilios y con personal en cada turno entrenado para tratar lesiones leves del personal. |
h) | Si el trabajador lesionado en un accidente, necesitase ser evacuado, de acuerdo con la gravedad del caso; se utilizará el medio más adecuado para su rápida atención. |
i) | En caso de producirse un accidente que afecte al personal, se deberá informar a las autoridades respectivas, de acuerdo con las disposiciones y procedimientos legales, según las actividades de la empresa. |
j) | Se deberá contar además con una ambulancia, camillas comunes, camillas de sujeción para descenso de alturas, monitores de gases combustibles, tóxicos, corrosivos, explosímetros, bocinas de alarma, planes de contingencia, carteles de seguridad, de advertencia, delimitadores de áreas de riesgo, carteles y seguros de control de arranque de motores o unidades energizadas, extintores, mantas incombustibles, ropa incombustible para trabajos especiales, médico en cercanías, etc. |
Sección III
Permisos de trabajoa) | Todo trabajo a ser realizado en una planta en operación, requerirá de una autorización de trabajo que será emitido por una persona entrenada y competente. El permiso explicará las condiciones de trabajo, precauciones especiales, procedimientos y equipos para la protección del personal. | b) | Será requerida una autorización especial para trabajos en caliente (fuentes de ignición) en áreas designadas como División I, Clase I, II o III. La norma API 2009 servirá como guía para el desarrollo de la autorización y ejecución de trabajos en caliente en áreas de riesgo. |
c) | Será requerida una autorización especial para el ingreso a los tanques, torres, recipientes o fosas bajo nivel. Las condiciones necesarias de seguridad estarán especificadas en la autorización. Pruebas de gas comprobación de la calidad del aire formarán parte del procedimiento de autorización. |
d) | Las autorizaciones sólo pueden ser preparadas, firmadas y emitidas por persona entrenada y competente. La autorización será firmada por la autoridad de la organización compatible con el grado de riesgo del trabajo. |
Sección IV
Conservación de la energíaa) | En el diseño de los calentadores, calderos, intercambiadores de calor y otros procesos se debe tomar en cuenta la conservación de la energía y minimizar las pérdidas. | b) | Se deberá minimizar la generación de gases a ser quemados en la antorcha. |
c) | El control del exceso de aire a los calentadores y calderos debe formar parte de la práctica normal de operación. |
d) | Se debe registrar el consumo diario de energía y sus variaciones, para optimizar y justificar su uso. |
e) | El aislamiento térmico será mantenido en buen estado de conservación. |
f) | La pérdida de energía, fugas de vapor o venteos deberán ser minimizadas. |
Sección V
Higiene industriala) | El lugar de trabajo debe estar completamente aseado y ordenado en todo momento. Se evitarán derrames, de producirse alguno debe ser inmediatamente cubierto con arena para reducir el riesgo de incendio y limpiado lo más pronto posible. | b) | Los desechos de cualquier tipo de hidrocarburo deben ser dispuestos mediante un procedimiento aprobado. |
c) | Los trabajadores deben tener instalaciones para su aseo, (baños, casilleros, etc), el número y ubicación de los mismos será de acuerdo a disposiciones de la Ley General del Trabajo. |
d) | Se deberán tomar en cuenta las recomendaciones del fabricante respecto a los procedimientos de operación y manipuleo de tóxicos, químicos y compuestos sometidos a alquilación. Los operadores deben ser entrenados para trabajar con estos productos. |
e) | Las instalaciones tendrán un programa de monitoreo y reparación de fugas en el lugar, de acuerdo con norma API 342 y 343 o equivalente. Se guardarán registros de fugas para estimar la eficiencia de reparaciónes y del programa de mantenimiento. |
f) | La atmósfera del lugar de trabajo será probada para tóxicos tales como el benceno u otros compuestos cancerígenos y serán controlados contra los valores contenidos en normas OSHA 1910. |
Sección VI
Inspección de equiposa) | Todo las instalaciones tendrán un programa de inspección basado en las normas API 12R1, 510, 570, 572, 573, 574, 575, 576, 598, 653 o equivalentes y se incluirán diseños y registros de los materiales, condiciones de operación y registros de observaciones de la inspección. | b) | Los inspectores serán personas entrenadas y calificadas para realizar auditorías que aseguren la integridad de los equipos. |
c) | Rangos de corrosión e inspecciones frecuentes formarán parte integral de los registros guardados y serán datos importantes para los planes de mantenimiento. |
d) | A la finalización de la construcción de la planta además de las pruebas y correspondientes certificaciones individuales de equipos y unidades, deberá efectuarse inspecciones y pruebas integrales del sistema. Durante el periodo de operación habrá otro tipo de programa. |
Sección VII
Medidas de seguridad, Emergencia y Planes de Contingenciaa) | Las instalaciones tendrán manuales que definan las reglas de seguridad y normas especificas para cada área o sector de la Planta. Todos los trabajadores de la Refinería, Planta Petroquímica o Unidad de Proceso recibirán una copia de este manual y serán entrenados sobre el contenido de los mismos. | b) | Cada área de operación tendrá su manual de operación o información que explique las operaciones de la unidad, riesgos potenciales de la seguridad y planes de contingencia en caso de rupturas, pérdidas, fuegos o explosiones. |
c) | Los operadores serán entrenados respecto al contenido de los manuales de operación, seguridad, puesta en marca, paro y medidas de emergencia para minimizar el riesgo a los empleados, a las instalaciones y la comunidad circundante. |
d) | Planes de contingencia respecto al medio ambiente serán incluidos en los manuales, Instrucciones sobre cuidado del medio ambiente será un tema principal que se incluirá en el programa. |
e) | Las Refinerías, Planta Petroquímicas y Unidades de Proceso, deberán tener una organización de Seguridad y Contraincendio, dirigida por un profesional colegiado y especializado en la materia, responsable del mantenimiento del equipo de seguridad y del entrenamiento permanente del personal de operaciones de la planta. Las inspecciones deberán ser realizadas de acuerdo a las publicaciones 2002 y 2004 de las normas API, o equivalentes. |
f) | La disponibilidad de equipos contra incendios estará de acuerdo con el tamaño de las instalaciones y la complejidad de los mismos, debiendo ser ubicados estratégicamente en lugar visible y de fácil acceso dentro de las instalaciones. |
g) | El personal debe ser entrenado en el uso de equipos contra incendios y capacitados para manejarse en situaciones de emergencia. |
h) | Entrenamiento en campo y simulaciones formarán parte del programa y medidas de emergencia. |
i) | Se debe tener registros de los entrenamientos realizados y un listado del personal que ha recibido el mismo. |
j) | La Planta debe disponer de equipos de primeros auxilios y por lo menos de una persona entrenada para manejar los mismos, en cualquier momento. |
k) | En los planes de contingencia se incluirá un diagrama de la organización y se designaran a las personas responsables de acuerdo al evento de un incidente. También se debe incluir una descripción de las funciones que realizarán los responsables y además serán entrenados para realizar esas funciones. |
Sección VIII
Operación y Mantenimientoa) | El personal operativo y de mantenimiento será entrenado y capacitado para ejecutar su trabajo en forma segura y efectiva. | b) | El personal será entrenado en el trabajo de tal forma que entienda su función e identifique o reconozca los riesgos y eventos anormales, que eventualmente le permitan detener el trabajo y proteger su seguridad, la de sus colegas y la integridad de las instalaciones. |
c) | La Empresa deberá dotar a todo su personal de herramientas apropiadas incluyendo dispositivos de sujeción, andamiaje cuando sea necesario y equipo de protección personal, para realizar un trabajo seguro. |
d) | Los soldadores serán calificados de acuerdo a código y normas AWS o equivalentes y los registros de prueba serán mantenidos como constancia de la capacitación. |
Sección IX
Sistema de Gestión Ambientala) | A los efectos del presente Reglamento, se entiende por Gestión Ambiental, al conjunto de decisiones y actividades orientadas a la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza. | b) | Dentro de este contexto, las compañías que se dediquen a la construcción y operación de refinerías, plantas petroquímicas y unidades de proceso de hidrocarburos, deberán sujetarse a las disposiciones contenidas en la Ley Nº 1333 del medio ambiente y sus reglamentos aprobados mediante Decreto Supremo Nº 24176 de 8 de diciembre de 1995, así como el Reglamento Ambiental para el Sector Hidrocarburos aprobado mediante Decreto Supremo Nº 24335 de 16 de julio de 1996 y disposiciones posteriores. |
c) | La Gestión Ambiental que deberán diseñar las compañías debe comprender los siguientes aspectos principales: |
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