Artículo 1º.-
Decreto Supremo 2348
18 de Enero, 1951
Vigente
Aprueba el Reglamento Básico de Higiene y Seguridad Industrial
Artículo 1º.-
Las disposiciones del presente Reglamento Básico de Higiene y Seguridad Industrial y su Apéndice, se aplicarán a todas las minas, ferrocarriles y otros transportes, fábricas, obras de construcciones, industrias y otros centros de trabajo. Ellas se limitan a la prevención y control de los accidentes y enfermedades profesionales; y no abrogan ni derogan otras disposiciones legales existentes sino en la parte que sea contradictoria, ni evitan la adopción de reglamentos futuros que traten de la higiene y seguridad en los centros de trabajo.