ARTÍCULO 76.- (CONTRATACIONES LLAVE EN MANO).
Normas Basicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) (0181)
28 de Junio, 2009
Vigente
Aprueba las Norma Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS)
ARTÍCULO 76.- (CONTRATACIONES LLAVE EN MANO).
I. | Las contrataciones llave en mano podrán realizarse en proyectos donde sea racionalmente más económico otorgar a un mismo contratante el diseño, la ejecución de la obra y la puesta en marcha referida a instalaciones, equipamiento, capacitación, transferencia intelectual y tecnológica. |
II. | Esta forma de contratación no exime ni libera del cumplimiento de las normas establecidas en el Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP y las reglamentaciones correspondientes para la ejecución de proyectos de inversión pública. |
III. | Las contrataciones llave en mano con financiamiento del proponente, están sujetas a lo establecido en el Artículo 75 de las presentes NB-SABS. |