Artículo 26: Responsables de la operación del SISIN
Normas Básicas del Sistema Nacional de Inversión Pública (216768)
18 de Junio, 1996
Vigente
Aprueba las Normas Básicas del Sistema Nacional de Inversión Pública
Artículo 26: Responsables de la operación del SISIN
A efectos de asegurar el adecuado funcionamiento del SISIN y la disponibilidad de información sobre el proceso de inversión pública, cada entidad pública que integra el SNIP designará en forma permanente, a través de la máxima autoridad ejecutiva, un funcionario que actuará como responsable de mantener el vínculo entre la misma y el Organo Rector del SNIP. Este funcionario deberá:
a. | Asegurar que la información de los Proyectos de Inversión Pública de su respectiva entidad se encuentre permanentemente actualizada en el SISIN. |
b. | Asegurar que la información que figure en el SISIN sobre los proyectos de su respectiva entidad, cumpla con los requisitos y cualidades definidas por el Organo Rector el SNIP. |