Artículo 7: Incumplimiento de las Normas y Reglamentos Básicos del SNIP

Normas Básicas del Sistema Nacional de Inversión Pública (216768)

18 de Junio, 1996

Vigente

Aprueba las Normas Básicas del Sistema Nacional de Inversión Pública


Artículo 7: Incumplimiento de las Normas y Reglamentos Básicos del SNIP
Los infractores a las Normas Básicas del SNIP y sus Reglamentos Básicos, serán pasibles de sanciones establecidas en el Capítulo V de la Ley 1178, Responsabilidad por la Función Pública.

Se consideran infracciones a las Normas Básicas del SNIP, cualquier acción en contra de lo estipulado en las presentes Normas y en sus Reglamentos Básicos, en particular:

a. El incumplimiento a los plazos y condiciones establecidos por el Organo Rector para su implantación.

b. La aprobación de Proyectos de Inversión Pública que no cumplan los requerimientos mínimos establecidos por el SNIP en sus diferentes fases y etapas.

c. La no provisión de información en tiempo y forma, la desactualización e incumplimiento de requisitos y cualidades de información sobre los Proyectos de Inversión Pública y por tanto, la no implantación del sistema de información o su mala operación