Artículo 1°-

Decreto Supremo 3150

19 de Agosto, 1952

Vigente

Modifica el artículo 44 de la Ley General del Trabajo


Artículo 1°-
Se modifica el artículo 44 de la Ley General del Trabajo, estableciendo para empleados y obreros en general, sean particulares o del Estado, la siguiente escala de vacaciones:

De   1     año   a   5 años   de   trabajo 15 días hábiles
De   5   años   a 10 años   de   trabajo 20 " "
De 10   años   adelante     de   trabajo 30 " "