Artículo 1°-
Decreto Supremo 3150
19 de Agosto, 1952
Vigente
Modifica el artículo 44 de la Ley General del Trabajo
Artículo 1°-
Se modifica el artículo 44 de la Ley General del Trabajo, estableciendo para empleados y obreros en general, sean particulares o del Estado, la siguiente escala de vacaciones:
| De 1 año a 5 años de trabajo | 15 | días | hábiles |
| De 5 años a 10 años de trabajo | 20 | " | " |
| De 10 años adelante de trabajo | 30 | " | " |