ARTICULO 15°.-
Ley de Carrera Administrativa (11049)
24 de Agosto, 1973
Vigente
Aprueba la Ley de Carrera Administrativa
ARTICULO 15°.-
El funcionario del Estado, incorporado al Régimen de Carrera, gozará de los siguientes derechos:
Los funcionarios no incorporados al régimen de carrera, gozarán de todos estos derechos, con excepción de los correspondientes a los incisos a), b), i), j), k) y m).
| a) | Ascensos e incrementos en las remuneraciones en base a los principios de la idoneidad y el mérito. |
| b) | Estabilidad en el ejercicio de la función pública y en el cargo desempeñado. |
| c) | Remuneración adecuada del trabajo de acuerdo a la clase de cargo. |
| d) | Respeto a la condición y dignidad humanas. |
| e) | Representar por escrito órdenes superiores contrarias a la Ley o que se consideren perjudiciales para el interés colectivo. |
| f) | Vacación anual y licencias por enfermedad, matrimonio y otras causas conforme a Ley. |
| g) | Tolerancia de dos horas diarias debidamente justificada, para profesores y estudiantes universitarios. |
| h) | Capacitación de acuerdo a las necesidades del servicio y a las aptitudes del funcionario. |
| i) | Preferencia a ser designado en un cargo vacante de la misma clase en caso de supresión del que ocupaba. |
| j) | Restitución a su cargo anterior en los casos de haber ocupado temporalmente cargos de libre nombramiento y remoción. |
| k) | Derecho a indemnización por tiempo de servicios en caso de supresión de cargo, conforme a la presente Ley. |
| l) | Premios y estímulos por eficiencia funcionaria o por servicios distinguidos. |
| m) | Ocurrir y apelar ante el Juzgado de Personal y la Corte Nacional de Trabajo en los casos de despido y otros señalados en la presente Ley. |
| n) | Presentar quejas por escrito en la vía jerárquica. |
| ñ) | Ser y estar informado de la organización y objetivos de la repartición en que trabaja y conocer la naturaleza y del cargo que ocupa. |
| o) | Derecho a la renta de vejez básica y complementaria del régimen de seguridad Social y a todos los beneficios del mismo. |
| p) | Participar en la formulación y ejecución de los programas según los niveles respectivos |