Artículo 39.- (Facultad para dictaminar la responsabilidad ejecutiva).

Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública (23318 - A)

3 de Noviembre, 1992

Vigente

Aprueba el Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública


Artículo 39.- (Facultad para dictaminar la responsabilidad ejecutiva).
El Contralor General de la República es de acuerdo a la Ley 1178 la única autoridad facultada para dictaminar la responsabilidad ejecutiva.