Artículo 37.- (Prescripción).
Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública (23318 - A)
3 de Noviembre, 1992
Vigente
Aprueba el Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública
Artículo 37.- (Prescripción).
La responsabilidad ejecutiva prescribe a los dos años de concluida la gestión del máximo ejecutivo.