Artículo 37.- (Prescripción).

Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública (23318 - A)

3 de Noviembre, 1992

Vigente

Aprueba el Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública


Artículo 37.- (Prescripción).
La responsabilidad ejecutiva prescribe a los dos años de concluida la gestión del máximo ejecutivo.