ARTICULO 29º.-
Ley de Administracion y Control Gubernamentales (1178)
20 de Julio, 1990
Vigente
Aprueba la Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)
ARTICULO 29º.-
La responsabilidad es administrativa cuando la acción u omisión contraviene el ordenamiento jurídico-administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaría del servidor público. Se determinará por proceso interno de cada entidad que tomará en cuenta los resultados de la auditoria si la hubiere. La autoridad competente aplicará, según la gravedad de la falta, las sanciones de: multa hasta un veinte por ciento de la remuneración mensual; suspensión hasta un máximo de treinta días; o destitución.