ARTICULO 2º.-

Ley de Administracion y Control Gubernamentales (1178)

20 de Julio, 1990

Vigente

Aprueba la Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)


ARTICULO 2º.-
Los sistemas que se regulan son:

a) Para programar y organizar las actividades:

- Programación de Operaciones.

- Organización Administrativa.

- Presupuesto.

b) Para ejecutar las actividades programadas:

- Administración de Personal.

- Administración de Bienes y Servicios.

- Tesorería y Crédito Público.

- Contabilidad Integrada.

c) Para controlar la gestión del Sector Público:

- Control Gubernamental, integrado por el Control Interno y el Control Externo Posterior.