ARTÍCULO 14.- (MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS FACULTADAS PARA SU APROBACIÓN MEDIANTE RESOLUCIÓN DEL VICEMINISTRO DEL TESORO Y CRÉDITO PÚBLICO).

Reglamento de Modificaciones Presupuestarias (29881)

7 de Enero, 2009

Abrogada

Aprueba el Reglamento de Modificaciones Presupuestarias


ARTÍCULO 14.- (MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS FACULTADAS PARA SU APROBACIÓN MEDIANTE RESOLUCIÓN DEL VICEMINISTRO DEL TESORO Y CRÉDITO PÚBLICO).
Traspasos Intrainstitucionales

Modificaciones en el presupuesto de la Deuda Pública administrada por el Tesoro General de la Nación, de partidas de gasto, cambios de fuente de financiamiento, organismo financiador y entidad de transferencia, y modificación en la composición de los recursos.