Disposición Adicional Primera.-

Reglamento del Regimen Especial de Zonas Francas Comerciales e Industriales (27944)

20 de Diciembre, 2004

Abrogada

Aprueba el Reglamento del Régimen Especial de Zonas Francas Comerciales e Industriales


Disposición Adicional Primera.-
Se modifica el Parágrafo II del Artículo 13 del Decreto Supremo N° 25933 de 10 de octubre de 2000 - Reglamento de la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija, en la forma que a continuación se indica:

"II. La salida desde ZOFRACOBIJA de mercancías extranjeras o de mercancías nacionales, incluidas las producidas dentro de esta zona franca, a territorio aduanero extranjero no será objeto de devolución de impuestos, salvo lo previsto en el Parágrafo II del Artículo 20 del presente Decreto Supremo."