Artículo 37. (HECHO GENERADOR).
Ley 1733
27 de Mayo, 2026
Vigente
MOdifica el Artículo 59, 60 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, Artículo 5 de la Ley N° 843 modifica los Artículos2, 9 35, 36 de la Ley N° 060 de 25 de noviembre de 2010, Deroga el Artículo 7 y sus modificaciones; el inciso e) del Artículo 26; el último párrafo del Parágrafo I del Artículo 27; el inciso i) del numeral 3 del Parágrafo I del Artículo 28; el inciso b) del Artículo 37; el inciso b) del Artículo 38; y el Parágrafo II del Artículo 39; de la Ley 060 de 25/11/2010, de Juegos de Lotería y de Azar.
Artículo 37. (HECHO GENERADOR).
El hecho generador del Impuesto al Juego se perfeccionará:
| a) |
En juegos de azar y sorteos, en el momento de la percepción del precio; |
| b) |
En promociones empresariales, en el momento del sorteo o al momento de la entrega del premio, cuando no exista sorteo. |