DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.-

Decreto Supremo 5619

14 de Mayo, 2026

Vigente

Aprueba el Reglamento de Calidad de Carburantes, que establece los procedimientos de fiscalización, control, supervisión y regulación, así como la incorporación de nuevos productos para su comercialización en el Estado Plurinacional de Bolivia. Abroga el DS 4718, de 18/05/2022 (Aprueba un nuevo Reglamento de Calidad de Carburantes, con el propósito de contar con especificaciones actualizadas para el cumplimiento de requisitos técnicos, legales y regulatorios.). Deroga el Parágrafo IV del Artículo 3 del DS 28511, de 16/12/2005 (Modifica el artículo 8 del DS 28118 de 16/05/05 y complementa la regulación sobre venta de diesel oil y gasolina especial a personas naturales y colectivas)


DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.-

El Ente Regulador podrá emitir licencias de operación para las plantas de suministro de combustibles de aviación en aeropuertos que se encuentren operando, a la fecha de publicación del presente Decreto Supremo, previa solicitud del interesado y verificación del cumplimiento del Reglamento Técnico para el Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Plantas de Suministro de Combustibles de Aviación en Aeropuertos, aprobado por Decreto Supremo N° 2170, de 29 de octubre de 2014 y conforme al reglamento a ser establecido por el Ente Regulador.