PRIMERA.

Ley 1731

13 de Mayo, 2026

Vigente

Abroga la Ley 1720, de 10 de abril de 2026 (Autoriza al Instituto Nacional de Reforma Agraria – INRA, a realizar la conversión de la clasificación de la pequeña propiedad titulada a propiedad mediana)


PRIMERA.

La Cámara de Senadores, en coordinación con la Cámara de Diputados, queda encargada de concertar y proponer, en un plazo no mayor a los sesenta (60) días, un marco normativo que defina las condiciones, procedimientos y salvaguardas para que la pequeña propiedad agraria acceda a beneficios posterior a su conversión, como proceso técnico, administrativo y legal voluntario, preservando la exclusión expresa y protección de las Tierras Comunitarias de Origen, Territorios Indígena Originario Campesinos, comunidades y las áreas de reserva natural, según la caracterización ya establecida.