ARTÍCULO 2.
Ley 1724
24 de Abril, 2026
Vigente
Declara de prioridad y de necesidad pública nacional la conclusión del proyecto Construcción y Equipamiento Oncológico Tarija.
ARTÍCULO 2.
Se encomienda al Ministerio de Salud y Deportes, en coordinación con el Ministerio de Planificación del Desarrollo y Medio Ambiente, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la Unidad de Proyectos Especiales - UPRE y el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, en el marco de sus atribuciones y competencias, dar continuidad al proyecto "Construcción y Equipamiento Oncológico Tarija".