ARTÍCULO 5.- (DERECHOS PRE-CONSTITUIDOS, ADQUIRIDOS Y NUEVOS DERECHOS MINEROS).

Decreto Supremo 5615

27 de Abril, 2026

Vigente

Declara Reserva Fiscal Minera el área de Chuquihuta, ubicada en los municipios de Uncía y Chuquihuta de la Provincia Rafael Bustillo, y de Pocoata de la Provincia Chayanta, del Departamento de Potosí, con la finalidad de que el Servicio Geológico Minero – SERGEOMIN efectúe actividades de prospección y exploración para la determinación de su potencial mineralógico.


ARTÍCULO 5.- (DERECHOS PRE-CONSTITUIDOS, ADQUIRIDOS Y NUEVOS DERECHOS MINEROS).

I.

Se respetan los derechos mineros pre-constituidos y adquiridos que existan en el área declarada Reserva Fiscal Minera no encontrándose afectados con las disposiciones del presente Decreto Supremo.

II.

Una vez publicado el presente Decreto Supremo no podrán otorgarse nuevos derechos mineros en el área declarada Reserva Fiscal Minera, bajo ninguna de las modalidades establecidas en la Ley N° 535.