ARTÍCULO 5.- (DERECHOS PRE-CONSTITUIDOS, ADQUIRIDOS Y NUEVOS DERECHOS MINEROS).
Decreto Supremo 5615
27 de Abril, 2026
Vigente
Declara Reserva Fiscal Minera el área de Chuquihuta, ubicada en los municipios de Uncía y Chuquihuta de la Provincia Rafael Bustillo, y de Pocoata de la Provincia Chayanta, del Departamento de Potosí, con la finalidad de que el Servicio Geológico Minero – SERGEOMIN efectúe actividades de prospección y exploración para la determinación de su potencial mineralógico.
ARTÍCULO 5.- (DERECHOS PRE-CONSTITUIDOS, ADQUIRIDOS Y NUEVOS DERECHOS MINEROS).
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I. |
Se respetan los derechos mineros pre-constituidos y adquiridos que existan en el área declarada Reserva Fiscal Minera no encontrándose afectados con las disposiciones del presente Decreto Supremo. |
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II. |
Una vez publicado el presente Decreto Supremo no podrán otorgarse nuevos derechos mineros en el área declarada Reserva Fiscal Minera, bajo ninguna de las modalidades establecidas en la Ley N° 535. |