ARTÍCULO 4.- (MEDIO AMBIENTE).
Decreto Supremo 5615
27 de Abril, 2026
Vigente
Declara Reserva Fiscal Minera el área de Chuquihuta, ubicada en los municipios de Uncía y Chuquihuta de la Provincia Rafael Bustillo, y de Pocoata de la Provincia Chayanta, del Departamento de Potosí, con la finalidad de que el Servicio Geológico Minero – SERGEOMIN efectúe actividades de prospección y exploración para la determinación de su potencial mineralógico.
ARTÍCULO 4.- (MEDIO AMBIENTE).
El SERGEOMIN, para realizar las actividades de prospección y exploración en el área declarada Reserva Fiscal Minera, deberá dar cumplimiento a los Artículos 217 y 218 de la Ley N° 535, de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, Ley N° 300, de 15 de octubre de 2012, Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, así como demás normas ambientales conexas.