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ARTÍCULO 6.- (FUNCIONES DEL DIRECTOR GENERAL EJECUTIVO).

Decreto Supremo 4896

22 de Marzo, 2023

Vigente

Crea la Gestora del Sistema de Acceso a la Justicia y Registro Público de la Abogacía - Gestora SAJ-RPA, así como establece sus funciones, para la promoción y gestión de servicios de acceso a la justicia en el marco de la función social de la abogacía.


ARTÍCULO 6.- (FUNCIONES DEL DIRECTOR GENERAL EJECUTIVO).

La Directora o Director General Ejecutivo tiene las siguientes funciones:

a)

Ejercer la representación legal de la ESIJ;

b)

Ejecutar la política general de la ESIJ;

c)

Coordinar y suscribir contratos, convenios y/o acuerdos con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, en el marco de sus atribuciones, en coordinación con los canales establecidos por norma;

d)

Supervisar y evaluar el desempeño del personal de la ESIJ;

e)

Emitir resoluciones y actos administrativos en el marco de sus funciones;

f)

Aprobar los planes de mediano y corto plazo;

g)

Aprobar el presupuesto institucional y los estados financieros;

h)

Aprobar sus procesos, procedimientos y normativa interna.