PRIMERA.
Presupuesto General Del Estado – Gestión 2026 (1705)
31 de Diciembre, 2025
Vigente
PRIMERA.
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I. |
Se autoriza al Banco Central de Bolivia, otorgar un crédito extraordinario en condiciones concesionales a favor del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación, destinado a financiar en su integridad las obligaciones de corto plazo contraídas durante la gestión 2025, en el marco de la administración de la deuda pública y las operaciones de manejo de pasivos. Para este efecto, se exceptúa al Banco Central de Bolivia de la aplicación de los Artículos 22 y 23 de la Ley N° 1670, de 31de octubre de 1995. |
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II. |
En el marco del numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 y del Parágrafo I del Artículo 322 de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación, a contraer el referido endeudamiento con el Banco Central de Bolivia. |
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III. |
Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación, emitir y otorgar Bonos del Tesoro No Negociables a favor del Banco Central de Bolivia, para garantizar el crédito autorizado en el Parágrafo I de la presente Disposición Final. |