PRIMERA.
Ley de régimen excepcional y transitorio para la realización de elección de autoridades políticas departamentales, regionales y municipales (Elecciones Subnacionales 2026) (1700)
20 de Noviembre, 2025
Vigente
PRIMERA.
Para la Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales (Elecciones Subnacionales 2026), de forma excepcional no se aplicarán los plazos establecidos en el Artículo 51 Parágrafo II de la Ley N° 1096, de Organizaciones Políticas, debiendo el Tribunal Supremo Electoral incorporar en el calendario electoral, los plazos límite para el registro de alianzas políticas.
Los partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, que se encuentran realizando trámites de alianza, deberán obtener su registro pertinente, dentro del plazo establecido en el calendario electoral aprobado por el Tribunal Supremo Electoral.