DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA.-

Decreto Supremo 5395

21 de Mayo, 2025

Vigente

Modifica el Parágrafo I del Artículo 4, el artículo 2 y los anexos Anexo II, III y IV DS 5142 de 10/04/2024 (Incentiva el uso de aditivos de origen vegetal a través de la importación de vehículos con tecnología flex fuel, diversificando la matriz energética; así como, modificar el tratamiento tributario a la importación de vehículos híbridos, para cuyo efecto se establecen los Anexos I, II, III y IV), Modifica hasta el 14 de julio de 2026, las alícuotas del Impuesto a los Consumos Específicos – ICE establecidas en el Anexo II del DS 5142 de 10/04/2024


DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA.-

La modificación establecida en las alícuotas del Gravamen Arancelario – GA e ICE, para la importación de vehículos híbridos auto recargables entrará en vigencia al vencimiento de los cinco (5) días hábiles siguientes a su publicación.