ARTÍCULO 2.- (ÁMBITO DE APLICACIÓN).
Decreto Supremo 5353
19 de Marzo, 2025
Vigente
ARTÍCULO 2.- (ÁMBITO DE APLICACIÓN).
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I. |
El presente Decreto Supremo se aplica a los Órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial, instituciones que ejercen funciones de control, de defensa de la sociedad y del Estado, de seguridad social y empresas públicas, del nivel central del Estado, así como a las universidades públicas. |
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II. |
Se exceptúa de la aplicación del presente Decreto Supremo a:
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