ARTÍCULO ÚNICO.-
Decreto Supremo 5328
5 de Febrero, 2025
Vigente
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. |
En el marco de las actividades del Bicentenario, con la finalidad de resaltar hechos históricos memorables y trascendentales en la lucha por la independencia de Bolivia, se declaran feriados departamentales, con suspensión de actividades públicas y privadas únicamente en la presente gestión, los días:
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II. |
Se considera feriado departamental, con suspensión de actividades públicas y privadas, los días lunes posteriores a los feriados señalados en el Parágrafo precedente que correspondan a día domingo. |