ARTICULO 24. (PLAZO PARA LA RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE REVISIÓN).

Protocolo de actuación para la aplicación de la Ley 468 - Ley de procedimiento para la restitución de derechos laborales (PAAL1468 RM 635/24)

3 de Junio, 2024

Vigente

Protocolo de actuación para la aplicación de la Ley 1468 de 30/09/2022 - Ley de procedimiento para la restitución de derechos laborales, aprobado por RM 635/24 de 03/06/2024


ARTICULO 24. (PLAZO PARA LA RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE REVISIÓN).

Para sustanciar y resolver el Recurso de Revisión, la Ministra o Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, tendrá el plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, computables a partir de la interposición del recurso.