Artículo 7. (Presentación de la solicitud de devolución impositiva).-

Resolucion Normativa de Directorio SIN 2024 102400000022

23 de Septiembre, 2024

Vigente

Establece el procedimiento y requisitos para la presentación de solicitudes de devolución impositiva para exportadores de bienes que soliciten su Certificado de Devolución Impositiva (CEDEIM). Deroga los Artículos 1 al 14 y Disposición Adicional Primera de la RND 102400000013 de 19/04/2024 (Establece el procedimiento y requisitos para la presentación de solicitudes de devolución impositiva para exportadores de bienes que soliciten su CEDEIM.)


Artículo 7. (Presentación de la solicitud de devolución impositiva).-

I.

El exportador debe presentar en la Plataforma de Recaudación y Empadronamiento de la Jurisdicción a la que pertenece, un medio óptico que contenga el archivo “Sevsys” con los formularios que componen su solicitud de devolución impositiva, generados a través del Software de Registro de Solicitudes de Devolución Impositiva, Declaración Jurada para Autorización de Certificación de Divisas (Formulario N° 1138), en formato “xls” editable y “pdf” y los requisitos señalados en el Artículo 6 de la presente Resolución, en función a las exportaciones e importaciones efectuadas y los conceptos solicitados, como ser el IVA, el ICE y/o el GA.

II.

La solicitud de CEDEIM, debe ser presentada de manera ordenada por periodos fiscales consecutivos ascendentes, de forma mensual y conjunta, es decir, por todos los impuestos solicitados (IVA, ICE, GA según corresponda) por las exportaciones del periodo fiscal.

III.

Una vez presentada la solicitud de devolución impositiva la Administración Tributaria emitirá un reporte de constancia de presentación asignándole un estado de “aceptación preliminar” sujeta a verificación, registrando la fecha y hora de la recepción.