Artículo 5. (Condiciones para la solicitud de devolución impositiva).-

Resolucion Normativa de Directorio SIN 2024 102400000022

23 de Septiembre, 2024

Vigente

Establece el procedimiento y requisitos para la presentación de solicitudes de devolución impositiva para exportadores de bienes que soliciten su Certificado de Devolución Impositiva (CEDEIM). Deroga los Artículos 1 al 14 y Disposición Adicional Primera de la RND 102400000013 de 19/04/2024 (Establece el procedimiento y requisitos para la presentación de solicitudes de devolución impositiva para exportadores de bienes que soliciten su CEDEIM.)


Artículo 5. (Condiciones para la solicitud de devolución impositiva).-

El exportador que realice la solicitud de devolución impositiva debe previamente cumplir con las siguientes condiciones:

1.

Tener habilitada la Factura comercial de exportación según el Documento Sector que corresponda a la actividad, cumpliendo los aspectos técnicos reglamentados en la Resolución Normativa de Directorio de Facturación vigente y su Anexo Técnico.

2.

No tener marca de domicilio fiscal inexistente. 

3.

Poder amplio y suficiente, para que la persona designada pueda firmar la solicitud, su rectificación y la recepción de valores, cuando corresponda. Para la recepción de la solicitud de devolución impositiva, la Administración Tributaria previamente verificará que el exportador no tenga adeudos tributarios pendientes de notificación.