ARTÍCULO 3.- (FINALIDAD).
Decreto Supremo 5186
17 de Julio, 2024
Vigente
ARTÍCULO 3.- (FINALIDAD).
La finalidad del Instituto Gastroenterológico del Bicentenario es constituirse en un centro de referencia nacional, que ofrece servicios altamente especializados, con capacidad resolutiva y de investigación de patologías gastrointestinales catastróficas, realización de trasplantes, desarrollo de procesos de docencia asistencial, ciencias y tecnologías en salud en el ámbito de su especialidad a nivel nacional e internacional, para satisfacer las necesidades y demandas de la población.