ARTÍCULO 5.- (BENEFICIARIO DEL FIDEICOMISO).

Decreto Supremo 4948

24 de Mayo, 2023

Vigente

Autoriza al Ministerio de Minería y Metalurgia, la constitución de un fideicomiso.


ARTÍCULO 5.- (BENEFICIARIO DEL FIDEICOMISO).

El beneficiario será la Empresa Metalúrgica Vinto, siendo responsable directo por el uso adecuado de los recursos para el cumplimiento de la finalidad del fideicomiso, así como del reembolso de los mismos.