ARTÍCULO 11. (Requisitos).-
Acción de repetición (SIN 2023 102300000013)
6 de Abril, 2023
Vigente
ARTÍCULO 11. (Requisitos).-
I. |
El Titular de la Acción de Repetición para respaldar su solicitud deberá adjuntar en formato PDF, la siguiente documentación de soporte según corresponda al momento de realizar la presentación y envió del Formulario Electrónico 576 v2 por el SIAT en Línea.
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II. |
Cuando la tramitación de la Acción de Repetición sea interpuesta por terceros, deberá adjuntar además de la documentación señalada en el Parágrafo I del presente Artículo lo siguiente: www.impuestos.gob.bo LÍNEA GRATUITA DE CONSULTAS TRIBUTARIAS 800 10 34 44 1-2 www.impuestos.gob.bo
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III. |
En los casos de pagos por transferencias de bienes a título oneroso o gratuito se deberá adjuntar el documento por el cual se realizó el pago indebido o en exceso (minuta de transferencia, declaratoria de herederos, anticipos de legítima, testimonio de usucapión, certificado alodial, etc., según corresponda). |
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IV. |
Los requisitos señalados, deberán ser enviados en archivos con formato PDF en un tamaño máximo de cinco (5) MB por documento, adjunto al Formulario Electrónico 576 v.2 a través del enlace Acción de Repetición, ingresando con sus credenciales al SIAT en Línea de la página web www.impuestos.gob.bo. |
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V. |
Con excepción de lo señalado en el Numeral 2) del Parágrafo I del presente Artículo, las Declaraciones Juradas (Formularios) o Boletas de Pago donde se haya empozado el importe reclamado por Acción de Repetición, constituyen un requisito que será verificado directamente en las bases de datos de la Administración Tributaria. |