ARTÍCULO 22.- (PRESENTACIÓNDE REPORTES E INFORMES).
REGLAMENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE COORDINADORES, CONFORMACIÓN Y POSESIÓN DE COMITÉS MIXTOS DE HIGIENE, SEGURIDAD OCUPACIONALY BIENESTAR (RDCCPCMHSOB)
21 de Abril, 2022
Vigente
ARTÍCULO 22.- (PRESENTACIÓNDE REPORTES E INFORMES).
I. |
Cuatrimestralmente, se reportará ante las Jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo dependientes del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, los registros de Informe Mensual del Comité Mixto de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar (ANEXO5) correspondientes a los cuatro (4) meses de gestión del Comité Mixto, en los plazos señalados al momento de la Posesión, con los siguientes requisitos:
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II. |
Cuando el empleador presente el Informe Final conjuntamente el último reporte Cuatrimestral, deberá realizar también la solicitud para una nueva posesión del Comité Mixto, según lo estipulado en el Artículo 19 del presente reglamento. |
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III. |
En caso de la renuncia del 50% de los miembros del Comité Mixto, deberá presentar el Informe Final en un plazo no mayor a los diez ( 10) días hábiles, el incumplimiento constituirá infracción a Leyes Sociales de conformidad al Artículo 53 y 57 de la Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar. |