ARTÍCULO 21.- (REUNIONES).

REGLAMENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE COORDINADORES, CONFORMACIÓN Y POSESIÓN DE COMITÉS MIXTOS DE HIGIENE, SEGURIDAD OCUPACIONALY BIENESTAR (RDCCPCMHSOB)

21 de Abril, 2022

Vigente

Establece el procedimiento para la designación de Coordinadores, la conformación y posesión de Comités Mixtos de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar.


ARTÍCULO 21.- (REUNIONES).

I.

Las reuniones del Comité Mixto, se realizarán ordinariamente, una vez al mes, el día previamente fijado de acuerdo al cronograma de reuniones, otorgando todas las facilidades dispuestas en el Artículo 15.

II.

Podrán hacerlo en forma extraordinaria a petición del presidente o trabajadores y cada vez que en la respectiva empresa o establecimiento laboral ocurra un accidente de trabajo que cause la muerte de uno o más trabajadores.

III.

Las reuniones del Comité Mixto, se efectuarán dentro de las instalaciones de la empresa o establecimiento laboral y dentro de la jornada laboral.

IV.

Se dejara constancia de lo tratado en cada reunión, mediante el correspondiente registro Informe del Comité Mixto de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar (ANEXO 5).

V.

En las reuniones se comprometerán acuerdos y tomaran decisiones, en caso de controversia, se resolverá por simple mayoría. Los acuerdos y decisiones tomadas son obligatorios tanto para las y los empleadores como para las y los trabajadores.

VI.

La instalación de las reuniones procederá siempre y cuando cuente con el 50% más uno de los miembros del Comité Mixto.