ARTÍCULO 19.- (REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE POSESIÓN DEL COMITÉ MIXTO).

REGLAMENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE COORDINADORES, CONFORMACIÓN Y POSESIÓN DE COMITÉS MIXTOS DE HIGIENE, SEGURIDAD OCUPACIONALY BIENESTAR (RDCCPCMHSOB)

21 de Abril, 2022

Vigente

Establece el procedimiento para la designación de Coordinadores, la conformación y posesión de Comités Mixtos de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar.


ARTÍCULO 19.- (REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE POSESIÓN DEL COMITÉ MIXTO).

Las solicitudes de Posesión de Comités Mixtos deberán ser presentadas a las Jefaturas Departamentales o Regionales de Trabajo dependientes del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social en el plazo de diez (10) días hábiles posteriores de la elección de los representantes; en un folder azul con los siguientes requisitos:

PARA LOS MIEMBROS DEL COMITÉ MIXTO.

1.

Acta  de Elección de los Representantes de las trabajadoras y los trabajadores (ANEXO 3), debidamente  registrada;

2.

Acta de Posesión del Comité Mixto de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar (ANEXO 4), registrando a los representantes del Comité Mixto;

3.

Memorándums de Designación (ANEXO 1) de todos los representantes del Comité Mixto, debidamente recepcionados por los mismos;

4.

Fotocopia simple y vigente de la Cédula de Identidad de todos los representantes del Comité Mixto;

5.

Registro Obligatorio de Empleador (ROE).