ARTÍCULO 15.- (FACILIDADES)

REGLAMENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE COORDINADORES, CONFORMACIÓN Y POSESIÓN DE COMITÉS MIXTOS DE HIGIENE, SEGURIDAD OCUPACIONALY BIENESTAR (RDCCPCMHSOB)

21 de Abril, 2022

Vigente

Establece el procedimiento para la designación de Coordinadores, la conformación y posesión de Comités Mixtos de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar.


ARTÍCULO 15.- (FACILIDADES)

I.

La empresa o establecimiento laboral debe facilitar la labor de los representantes del Comité Mixto proporcionando de forma obligatoria los medios e insumos (dotación de equipos, material de escritorio, etc.) e información que a tal fin se solicite.

II.

Los representantes del Comité Mixto gozarán de los permisos necesarios para su asistencia a las reuniones mensuales y trimestrales, así como a eventos de capacitación en materia de Higiene y Seguridad Ocupacional.