DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.-

Decreto Supremo 4711

1 de Mayo, 2022

Abrogada

Establece el Incremento Salarial para la gestión 2022, para las y los profesionales y las trabajadoras y los trabajadores en el Sector Salud; personal docente y administrativo del Magisterio Fiscal; el Incremento Salarial en el sector privado; y el Salario Mínimo Nacional para la gestión 2022. Abroga el DS 3888, de 01/05/2019 (Establece el Incremento Salarial para la gestión 2019, para los profesionales y trabajadores en Salud; personal de los Servicios Departamentales de Gestión Social – SEDEGES; personal docente y administrativo del Magisterio Fiscal, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana; el Incremento Salarial en el sector privado; y el Salario Mínimo Nacional para la gestión 2019.); DS 4501, de 01/05/2021 (Establece el Salario Mínimo Nacional para la gestión 2021.)


DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.-

I.

La aplicación del Incremento Salarial y del Salario Mínimo Nacional dispuesto por el presente Decreto Supremo, tendrá efecto retroactivo al 1 de enero de 2022.

II.

El pago retroactivo del Incremento Salarial y por la aplicación del Salario Mínimo Nacional, será efectivizado hasta el 31 de mayo de la presente gestión.

III.

El Incremento Salarial establecido en el Artículo 2 del presente Decreto Supremo, deberá adecuarse a lo señalado en el Artículo 26 de la Ley N° 062, de 28 de noviembre de 2010, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2011, y el Artículo 17 de la Ley Nº 614, de 13 de diciembre de 2014, del Presupuesto General del Estado Gestión 2015, vigentes para la presente gestión fiscal.