CUARTA.
Ley 1397
29 de Septiembre, 2021
Vigente
Modifica el Artículo 3. 5, 14 y 29 de la Ley 870 de 13/12/2016 (Ley del Defensor del Pueblo). Abroga la Ley N° 474 de 30/12/2013 (Crea el Servicio para la Prevención de la Tortura - SEPRET, institución pública descentralizada bajo tuición del Ministerio de Justicia, como un mecanismo para la prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos, degradantes o humillantes) y DS 2082 de 20/08/2014 (Reglamenta la estructura y el funcionamiento del Servicio para la Prevención de la Tortura - SEPRET. Incorpora un inciso al artículo 80 del DS 29894 de 07/02/2009)
CUARTA.
Las obligaciones sociales y laborales del SEPRET, serán asumidas por la Defensoría del Pueblo conforme a las nuevas atribuciones asignadas en la presente Ley.