ARTÍCULO 1. (OBJETO).
LEY DE CARRERA DE GENERALES Y DE ASCENSOS DE LA POLICÍA BOLIVIANA (1387)
16 de Agosto, 2021
Vigente
ARTÍCULO 1. (OBJETO).
La presente Ley tiene por objeto establecer las bases normativas y procedimentales que regulen la carrera de Generales, los ascensos de las y los servidores públicos policiales en los diferentes grados jerárquicos, y la conformación del Mando Policial, desde una perspectiva inclusiva, a fin de lograr el más alto nivel de transparencia, eficiencia y eficacia en el recurso humano de la Policía Boliviana.