Artículo 4. (Aplicación del beneficio de la Ley Nº 1342 y el Decreto Supremo N° 4450).-

Resolucion Normativa de Directorio SIN 2021 102100000005

8 de Abril, 2021

Vigente

Establece el procedimiento para que los propietarios o arrendadores que hubieran condonado el canon mensual de alquiler en un mínimo del cincuenta por ciento (50%), se beneficien con la deducción impositiva dispuesta por la Ley 1342 (Ley Excepcional de arrendamientos - Alquileres) y el DS 4450 (Reglamenta los Artículos 3 y 5 de la Ley 1342, de 27/08/2020)


Artículo 4. (Aplicación del beneficio de la Ley Nº 1342 y el Decreto Supremo N° 4450).-

I.

El total del importe deducible emergente de la aplicación del beneficio otorgado por la Ley N° 1342 y el Decreto Supremo N° 4450, quedará consignado en la “Casilla e” del “Formulario 609 v.3 – Condonación de Canon de Alquiler, Ley N° 1342”. 

II.

El saldo señalado precedentemente será trasladado a la “Casilla 448”, que será habilitada en el “RC-IVA - Formulario 610 - Ley N° 1342” correspondiente al período fiscal marzo de 2021.

III.

En caso que de manera posterior subsista un saldo a favor del contribuyente, el mismo será considerado en la “Casilla 635” del Formulario 610 - Declaración Jurada del RC-IVA en trimestres siguientes, para su posterior uso hasta su agotamiento.