ARTÍCULO 2. (FINALIDAD).
Ley que regula los efectos de la censura determinada por la Asamblea Legislativa Plurinacional (1350)
17 de Septiembre, 2020
Vigente
Regula los efectos de la censura determinada por la Asamblea Legislativa Plurinacional.
ARTÍCULO 2. (FINALIDAD).
La finalidad de la presente Ley es resguardar la gestión transparente, eficiente y efectiva del Órgano Ejecutivo, en beneficio de la población; precautelando el cumplimiento efectivo de las decisiones asumidas por la Asamblea Legislativa Plurinacional, en el marco de sus facultades de fiscalización.