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ARTÍCULO 115.- (ATRIBUCIONES DE LA MINISTRA(O) DE CULTURAS, DESCOLONIZACIÓN Y DESPATRIARCALIZACIÓN).

Decreto Supremo 4393

13 de Noviembre, 2020

Vigente

Crea el Ministerio de Culturas, Descolonizacion y Despatriarcalizacion, estableciendo su estructura, atribuciones y competencias. Modifica el Arti?culo 13, 57, 58, 61, 79, 89, 90, 91, 92, 92 Bis, 103, el Capitulo XX ,el nomen iuris de los Capitulos X y XVIII del Titulo III del DS 29894,de 07/02/2009, Organizacion del Organo Ejecutivo. Incorpora los Articulos 62, 62 Bis del DS 29894,de 07/02/2009: Modifica el Paragrafo II del Articulo 48 del DS 0071 de 09/04/2009 (Crea las Autoridades de Fiscalizacion y Control Social en los sectores de transportes y telecomunicaciones, agua potable y saneamiento ba?sico, electricidad, bosques y tierra, pensiones, y empresas; regula la transferencia de las competencias de la Superintendencia del Servicio Civil al Ministerio de Trabajo, Empleo y Prevision Social; y cambia la denominacion de la Superintendencia de Minas y las Superintendencias Regionales de Minas), los Paragrafos I y II del Articulo 4 del DS 29644 de 16/07/2008, los Paragrafos I y II del Articulo 12 de los Estatutos de ENDE aprobados por DS 0267 de 26/08/2009. Deroga los Articulos 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del DS 3058 de 22/01/2017 (Modifica el DS 29894 de 07/02/2009 - Organizacion del Organo Ejecutivo, crea el Ministerio de Energias, establece su estructura, atribuciones y competencias, y fusiona el Ministerio de Autonomias al Ministerio de la Presidencia, y el Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupcion al Ministerio de Justicia).


ARTÍCULO 115.- (ATRIBUCIONES DE LA MINISTRA(O) DE CULTURAS, DESCOLONIZACIÓN Y DESPATRIARCALIZACIÓN).

Las atribuciones de la Ministra(o) de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, en el marco de las competencias asignadas al nivel central por la Constitución Política del Estado, son las siguientes:

a)

Formular y ejecutar políticas de protección y difusión de las culturas existentes en el país.

b)

Proteger las riquezas culturales, religiosas, históricas y documentales; promoviendo su custodia y conservación.

c)

Implementar la participación de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas en la toma de decisiones de las políticas culturales.

d)

Establecer y ejecutar políticas de protección, conservación, restauración y custodia de monumentos, inmuebles y de todo el patrimonio material que se considere de interés histórico, religioso y cultural.

e)

Supervisar el cumplimiento de los convenios, acuerdos y tratados internacionales en materia cultural ratificados por el país.

f)

Formular y desarrollar políticas que contribuyan a que la diversidad cultural y los procesos de interculturalidad sean la base del desarrollo nacional.

g)

Coordinar la formulación de políticas culturales para la descolonización y despatriarcalización en el Estado Plurinacional.

h)

Promover la investigación, difusión y prácticas de culturas ancestrales y naciones originarias y pueblos indígenas desde el punto de vista antropológico, sociológico, arquitectónico, arqueológico, religioso, etnográfico y económico.

i)

Coordinar con Ministerios y entidades territoriales descentralizadas y autónomas, actividades que promuevan la descolonización, despatriarcalización y las prácticas interculturales.

j)

Articular políticas de cultura y turismo enfocadas al desarrollo social, económico local, regional y nacional, en coordinación con las instancias correspondientes.

k)

Efectuar el seguimiento y control de las instituciones nacionales y extranjeras, en el cumplimiento de las normas de conservación y custodia del patrimonio histórico, arquitectónico, arqueológico, artístico, religioso, etnográfico y documental.

l)

Formular políticas y emprender acciones para la recuperación del patrimonio arqueológico y cultural nacional sustraído ilícitamente, tanto dentro como fuera del territorio boliviano.

m)

Elaborar políticas de protección y promoción del patrimonio inmaterial y la riqueza cultural de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas.

n)

Implementar programas de aprendizaje de los idiomas oficiales del Estado Plurinacional.

o)

Formular e implementar políticas de despatriarcalización, prevención del racismo y cualquier otra forma de discriminación.

p)

Formular e implementar políticas de recuperación de la memoria histórica de los pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas.

q)

Implementar proyectos y programas de inclusión de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas en el Estado Plurinacional.

r)

Establecer políticas de introducción de los saberes de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas en el Sistema Educativo Nacional en coordinación con el Ministerio de Educación.

s)

Fomentar la apertura de mercados para la producción artística y artesanal de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas.

t)

Proponer políticas, planes, programas y proyectos en materia de descolonización, despatriarcalización y lucha contra el racismo y toda forma de opresión, explotación, violencia y discriminación.

u)

Proponer políticas culturales para la descolonización, despatriarcalización, protección y promoción de los saberes y conocimientos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y comunidades afrobolivianas.

v)

Proponer políticas de gestión pública para descolonizar y despatriarcalizar el Estado Plurinacional.