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Decreto Supremo 29042

28 de Febrero, 2007

Vigente

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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:
ARTICULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar los Artículos 5 y 6 de la Ley Nº 3038 de 29 de abril de 2005.
ARTICULO 2.- (ASIGNACIÓN DE RECURSOS DE REGALÍAS).
En cumplimiento del Artículo 5 de la Ley Nº 3038, la Prefectura del Departamento de Tarija asignará el cuarenta y cinco por ciento (45%) del total de los recursos provenientes de la Regalía Departamental, prevista en el Numeral 1 del Artículo 52 de la Ley Nº 3058 de 17 de mayo de 2005 - Ley de Hidrocarburos, a favor de la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija.
ARTICULO 3.- (RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO).
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de la Presidencia, Ministerio de Planificación del Desarrollo y Ministerio de Hacienda conjuntamente con la Prefectura del Departamento de Tarija, quedan encargadas del cumplimiento del presente Decreto Supremo, conforme el Artículo 6 de la Ley Nº 3038 de 29 de abril de 2005.