Ley 1726
7 de Mayo, 2026
Vigente
Versión original
RODRIGO PAZ PEREIRA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
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I. |
Se declara interés público y prioridad nacional, la gestión del financiamiento para la construcción del puente sobre el Rio Mamoré y sus accesos, ubicado a 18 kilómetros al Oeste de la ciudad de Trinidad, entre los límites de las Provincias Moxos y Cercado del Departamento del Beni. |
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II. |
El Órgano Ejecutivo a través Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, y la Administradora Boliviana de Carreteras - ABC, coordinará con las entidades territoriales autónomas del Departamento del Beni, las gestiones para garantizar el financiamiento de la construcción del puente sobre el Rio Mamoré y sus accesos. |