Decreto Supremo 5509
22 de Diciembre, 2025
Vigente
Versión original
RODRIGO PAZ PEREIRA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
EL CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-
Con la finalidad de ampliar la cobertura de los servicios, contribuir a la reducción de la brecha digital y el acceso universal, se autoriza dentro del territorio nacional la implementación de servicios de telecomunicaciones a través de satélites de órbita baja, en el marco de la Ley N° 164, de 8 de agosto de 2011, General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, y su Reglamento General para el Sector de Telecomunicaciones.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.-
El Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, y la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes, reglamentarán el presente Decreto Supremo, en un plazo de hasta treinta (30) días calendario, computables a partir de la publicación de la presente norma.