Decreto Supremo 5309
8 de Enero, 2025
Vigente
Versión original
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-
Se establece el plazo hasta el 12 de enero de 2030, para que todas las entidades públicas concluyan el proceso de migración de los sistemas a Software Libre y Estándares Abiertos en el marco de la normativa vigente.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.-
La Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación – AGETIC elaborará el nuevo Plan de Implementación de Software Libre y Estándares Abiertos, el mismo que será aprobado en un plazo de hasta quince (15) días computables a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.