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Decreto Supremo 5282

27 de Noviembre, 2024

Vigente

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LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:


ARTÍCULO ÚNICO.-

Se difiere el Gravamen Arancelario a cero por ciento (0%) hasta el 31 de marzo de 2025, para la importación de medicamentos, que en Anexo forma parte indivisible del presente Decreto Supremo.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.-

El presente Decreto Supremo entrará en vigencia con posterioridad al vencimiento de los dos (2) días hábiles administrativos siguientes a su publicación.

 

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas; y de Salud y Deportes, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro.

FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, Maria Nela Prada Tejada MINISTRA DE LA PRESIDENCIA E INTERINA DE RELACIONES EXTERIORES, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Alejandro Gallardo Baldiviezo, Néstor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Alejandro Santos Laura, César Adalid Siles Bazán, Erland Julio Rodríguez Lafuente, María Renee Castro Cusicanqui, Humberto Alan Lisperguer Rosales, Omar Veliz Ramos, Juan Yamil Flores Lazo, Esperanza Guevara.

ANEXO

ANEXO
CÓDIGO DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA GA %
30.01 Glándulas y demás órganos para usos opoterápicos, desecados, incluso pulverizados; extractos de glándulas o de otros órganos o de sus secreciones, para usos opoterápicos; heparina y sus sales; las demás sustancias humanas o animales preparadas para usos terapéuticos o profilácticos, no expresadas ni comprendidas en otra parte.  
3001.90 - Las demás:  
3001.90.10.00 - - Heparina y sus sales 0
30.04 Medicamentos (excepto los productos de las partidas 30.02, 30.05 o 30.06) constituidos por productos mezclados o sin mezclar, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, dosificados (incluidos los destinados a ser administrados por vía transdérmica) o acondicionados para la venta al por menor.  
3004.10 - Que contengan penicilinas o derivados de estos productos con la estructura del ácido penicilánico, o estreptomicinas o derivados de estos productos:  
3004.10.10.00  - Para uso humano 0
3004.20 - Los demás, que contengan antibióticos:  
  - - Para uso humano:  
3004.20.19.00 - - - Los demás 0
  - Los demás, que contengan hormonas u otros productos de la partida 29.37:  
3004.31.00.00 - - Que contengan insulina 0
3004.32 - - Que contengan hormonas corticosteroides, sus derivados o análogos estructurales:  
  - - - Para uso humano:  
3004.32.19.00 - - - - Los demás 0
3004.39 - - Los demás:  
  - - - Para uso humano:  
3004.39.19.00 - - - - Los demás 0
3004.90 - Los demás:  
3004.90.10.00 - - Sustitutos sintéticos del plasma humano 0
  - - Los demás medicamentos para uso humano:  
3004.90.21.00 - - - Anestésicos 0
3004.90.22.00 - - - Parches impregnados con nitroglicerina 0
3004.90.23.00 - - - Para la alimentación vía parenteral 0
30.05 Guatas, gasas, vendas y artículos análogos (por ejemplo: apósitos, esparadrapos, sinapismos), impregnados o recubiertos de sustancias farmacéuticas o acondicionados para la venta al por menor con fines médicos, quirúrgicos, odontológicos o veterinarios  
3005.90 - Los demás:  
  - - Gasas:  
3005.90.31.00 - - - Impregnadas de yeso u otras substancias propias para el tratamiento de fracturas 0
30.06 Preparaciones y artículos farmacéuticos a que se refiere la Nota 4 de este Capítulo.  
3006.10 Catguts estériles y ligaduras estériles similares, para suturas quirúrgicas (incluidos los hilos reabsorbibles estériles para cirugía u odontología) y los adhesivos estériles para tejidos orgánicos utilizados en cirugía para cerrar heridas; laminarias estériles; hemostáticos reabsorbibles estériles para cirugía u odontología; barreras antiadherencias estériles, para cirugía u odontología, incluso reabsorbibles:  
3006.10.10.00 - - Catguts estériles y ligaduras estériles similares, para suturas quirúrgicas (incluidos los hilos reabsorbibles estériles para cirugía u odontología) 0
3006.10.20.00 - - Adhesivos estériles para tejidos orgánicos 0
3006.30 - Preparaciones opacificantes para exámenes radiológicos; reactivos de diagnóstico concebidos para usar en el paciente:  
3006.30.30.00 - - Reactivos de diagnóstico 0
3006.40 - Cementos y demás productos de obturación dental; cementos para la refección de los huesos:  
3006.40.20.00 - - Cementos para la refección de huesos 0
38.22 Reactivos de diagnóstico o de laboratorio sobre cualquier soporte y reactivosde diagnóstico o de laboratorio preparados, incluso sobre soporte, incluso presentados en kits, excepto los de la partida 30.06; materiales de referencia certificados.  
  - Reactivos de diagnóstico o de laboratorio sobre cualquier soporte y reactivos de diagnóstico o de laboratorio preparados, incluso sobre soporte, incluso presentados en kits:  
3822.19.00 - - Los demás:  
3822.19.00.10 - - - Para diagnóstico humano 0
3822.90.00.00 - Los demás 0
90.18 Instrumentos y aparatos de medicina, cirugía, odontología o veterinaria, incluidos los de centellografía y demás aparatos electromédicos, así como los aparatos para pruebas visuales.  
  - Aparatos de electrodiagnóstico (incluidos los aparatos de exploración funcional o de vigilancia de parámetros fisiológicos):  
9018.19.00.00 - - Los demás 0
  - Jeringas, agujas, catéteres, cánulas e instrumentos similares:  
9018.31 - - Jeringas, incluso con aguja:  
9018.31.20.00 - - - De plástico 0
9018.31.90.00 - - - Las demás 0
9018.32.00.00 - - Agujas tubulares de metal y agujas de sutura 0
9018.39.00.00 - - Los demás 0
90.21 Artículos y aparatos de ortopedia, incluidas las fajas y vendajes medicoquirúrgicos y las muletas; tablillas, férulas u otros artículos y aparatos para fracturas; artículos y aparatos de prótesis; audífonos y demás aparatos que lleve la propia persona o se le implanten para compensar un defecto o incapacidad.  
9021.10 - Artículos y aparatos de ortopedia o para fracturas:  
9021.10.10.00 - - De ortopedia 0
9021.10.20.00 - - Para fracturas 0
9021.50.00.00 - Estimuladores cardíacos, excepto sus partes y accesorios 0
9021.90.00.00 - Los demás 0
90.22 Aparatos de rayos X y aparatos que utilicen radiaciones alfa, beta, gamma o demás radiaciones ionizantes, incluso para uso médico, quirúrgico, odontológico o veterinario, incluidos los aparatos de radiografía o radioterapia,tubos de rayos X y demás dispositivos generadores de rayos X, generadores de tensión, consolas de mando, pantallas, mesas, sillones y soportes similares para examen o tratamiento.  
  - Aparatos que utilicen radiaciones alfa, beta, gamma o demás radiaciones ionizantes, incluso para uso médico, quirúrgico, odontológico o veterinario, incluidos los aparatos de radiografía o radioterapia:  
9022.30.00.00 - Tubos de rayos X 0
9022.90.00.00 - Los demás, incluidas las partes y accesorios 0