Decreto Supremo 5164
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
Con la finalidad de optimizar la estructura del Ministerio de Salud y Deportes, el presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo N° 4857, de 6 de enero de 2023, Organización del Órgano Ejecutivo.
ARTÍCULO 2.- (MODIFICACIONES).
|
I. |
Se modifica el Artículo 83 del Decreto Supremo N° 4857, de 6 de enero de 2023, Organización del Órgano Ejecutivo, con el siguiente texto: "ARTÍCULO 83.- (ESTRUCTURA JERÁRQUICA). La estructura jerárquica del Ministerio de Salud y Deportes es la siguiente: MINISTRA(O) DE SALUD Y DEPORTES
|
||||||||||||||||||||||
|
II. |
Se modifica el nombre jurídico y el primer párrafo del Artículo 85 del Decreto Supremo N° 4857, de 6 de enero de 2023, Organización del Órgano Ejecutivo, con el siguiente texto: "ARTÍCULO 85.- (ATRIBUCIONES DEL VICEMINISTERIO DE GESTIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD). Las atribuciones del Viceministerio de Gestión del Sistema Nacional de Salud, en el marco de las competencias asignadas al nivel central por la Constitución Política del Estado, son las siguientes:" |
ARTÍCULO 3.- (INCORPORACIONES).
Se incorporan los incisos t), u), v), w), x) y y) en el Artículo 85 del Decreto Supremo N° 4857, de 6 de enero de 2023, Organización del Órgano Ejecutivo, con el siguiente texto:
|
"t) |
Promover el Sistema Único de Salud, Universal y Gratuito; |
|
u) |
Formular e implementar políticas y estrategias que garanticen el acceso universal y gratuito a servicios de salud; |
|
v) |
Normar, organizar, fortalecer y evaluar los servicios de salud; |
|
w) |
Promover e implementar la política de desarrollo de recursos humanos en salud; |
|
x) |
Regular y controlar la planificación, administración, organización y ejecución de los recursos públicos asignados al Sistema Único de Salud, Universal y Gratuito; |
|
y) |
Coordinar con la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo el cumplimiento de la normativa nacional en la Seguridad Social de Corto Plazo." |
DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS
DISPOSICIONES DEROGATORIAS.-
Se deroga el Artículo 87 del Decreto Supremo N° 4857, de 6 de enero de 2023, Organización del Órgano Ejecutivo.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.-
Se adecua en toda la normativa vigente, la denominación de "Viceministerio de Gestión del Sistema de Salud" por "Viceministerio de Gestión del Sistema Nacional de Salud".
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.-
La implementación del presente Decreto Supremo no comprometerá recursos adicionales del Tesoro General de la Nación - TGN.