Ley 1544
27 de Noviembre, 2023
Vigente
Versión original
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.
Se declara Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia a la "Festividad de San Pedro Apóstol Patrono de Yacuiba, Primera Sección de la Región Autónoma del Gran Chaco del Departamento de Tarija", que se celebra el 29 de junio de cada año.
ARTÍCULO 2.
El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, en coordinación con el Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba, el Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco y el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, en el marco de sus competencias, podrán implementar planes y programas de difusión, promoción, recuperación y salvaguardia de la "Festividad de San Pedro Apóstol Patrono de Yacuiba".